Resolución Normativa Nº 068/08

LA PLATA, 1 de julio de 2008.-

VISTO:
Que se propicia prorrogar las condiciones especiales y beneficios adicionales establecidos en la Resolución Normativa Nº 57/08 para los contribuyentes de los Impuestos Inmobiliario, a los Automotores, sobre los Ingresos Brutos y de Sellos, con deudas en proceso de ejecución judicial que, dentro de un plazo determinado, accedieran a regularizar su situación fiscal mediante el acogimiento al plan de pagos establecido en la Resolución Normativa Nº 14/08, y

CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo previsto en las Leyes 12914, 13145, 13244, 13613, 13787 y en el Decreto 1900/02, mediante la Resolución Normativa Nº 14/08 se estableció un régimen para la regularización de la deuda de los contribuyentes, proveniente de los Impuestos Inmobiliario, a los Automotores, sobre los Ingresos Brutos y de Sellos, que se encuentre en instancia de ejecución judicial;

Que mediante la Resolución Normativa Nº 57/08 se establecieron condiciones especiales y beneficios adicionales para todos aquellos contribuyentes que, dentro de un plazo determinado, accedieran a regularizar su situación fiscal mediante el acogimiento al régimen de regularización previsto en la Resolución Normativa Nº 14/08;

Que en este momento se estima conveniente extender excepcionalmente y por única vez, la vigencia de la Resolución Normativa Nº 57/08 anteriormente mencionada, a fin de permitir a aquellos contribuyentes con deuda que aún no se han presentado a regularizar su situación fiscal, acceder a los mismos beneficios previstos para quienes lo hicieron dentro del plazo que se extiende mediante la presente;

Que ello resulta pertinente toda vez que, debido a la actualización del sitio de internet de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, se registraron dificultades operativas que impidieron que los apoderados fiscales comunicaran adecuadamente a esta Autoridad de Aplicación, a través del aplicativo web correspondiente, el importe efectivamente percibido en concepto de honorarios;

Que, asimismo, la extensión dispuesta obedece a la reciente realización, por parte de esta Autoridad de Aplicación, de acciones de gestión tendientes a promover el pago de la deuda proveniente de los impuestos provinciales por parte de los contribuyentes, mediante la visita de agentes en el domicilio de los mismos, lo cual permitió informar a los interesados sobre la posibilidad de acceder a los distintos regímenes de regularización vigentes;

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley 13766 y el Decreto 84/07;

Por ello,

ELDIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACION DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:

Artículo 1º: Extender, hasta el 21 de julio de 2008, la vigencia de la Resolución Normativa Nº 57/08.


Artículo 2º: La presente comenzará a regir desde el día de su fecha.


Artículo 3º: Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.