Resolución Normativa Nº 043/08

LA PLATA, 10 de abril de 2008


VISTO:

La Disposición Normativa Serie "A" N° 047/06, y

CONSIDERANDO:
Que mediante dicha Disposición Normativa se aprobó el calendario de vencimientos correspondiente al año fiscal 2007;

Que, por inconvenientes operativos no se efectuaron los débitos correspondientes a las Tarjetas de Crédito y Cuentas Bancarias, de la cuota 2/2007 del impuesto a las embarcaciones deportivas o de recreación, con vencimiento el día 16 de octubre de 2007 y con relación a los contribuyentes que se detallan en el Anexo I y II;

Que, por lo antes expuesto y resultando ello ajeno a dichos contribuyentes, resulta procedente ampliar la fecha de pago, considerándolas abonadas en término a la fecha de realizado efectivamente el débito; las cuales fueran optadas previamente en forma telefonica, por medio del Centro de Atención Telefonica;

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas la Ley Nº 13766;

Por ello,

El DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:

Artículo 1: Considerar abonada en término al 9 de abril y 9 de mayo de 2008, la cuota 2/2007 correspondiente al impuesto a las Embarciones Deportivas o de Recreación mediante la modalidad de débito en Tarjeta de Crédito y Cuentas Bancarias, con relación a los contribuyentes que se detallan en los Anexos I y II respectivamente, el que forma parte integrante de la presente, y por los motivos expuestos en los considerandos.

Artículo 2: Registrar, comunicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA, proceder a su publicación por los medios masivos de comunicación. Cumplido, archivar.

Ver Anexos I y II