Resolución Normativa Nº 040/08 LA PLATA, 9 de abril de 2008
CONSIDERANDO: Que deviene oportuno y conveniente establecer pautas, acciones y criterios
tendientes a agilizar el procedimiento aplicable para la emisión
del título ejecutivo, el inicio del juicio ejecutivo por vía
de apremio, y la traba de medidas cautelares que aseguren el crédito
fiscal, cuando corresponda; Que a esos fines resulta necesario centralizar la operatoria a través
de la Subdirección Ejecutiva de Gestión de Riesgo, facultándola,
en forma exclusiva y excluyente, a emitir el título ejecutivo en
los casos que así lo requiera; Que en función de lo expuesto esa Subdirección Ejecutiva
o las dependencias que ésta disponga, podrán requerir las
actuaciones, para su análisis, evaluación y finalización,
a través del dictado del acto pertinente; Que la presente se dicta en uso de las atribuciones y facultades conferidas
por el artículo 9 de la Ley Nº 10.397 -Código Fiscal
(TO por Resolución Nº 120/04 y modificatorias) -, y artículo
9 inc. h) de la Ley Nº 13.766; Por ello, El DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACION
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Artículo 1: Encomendar, a la Subdirección Ejecutiva
de Gestión del Riesgo el análisis, evaluación y finalización,
a través del dictado del acto administrativo pertinente, de las
actuaciones administrativas que, con actos administrativos firmes de determinación
de deuda, se encuentran pendientes del ejercicio de acciones tendientes
a su percepción. A esos fines, su titular, o las dependencias que designe, se encuentra autorizado a requerir las actuaciones que deberán ser remitidas en el estado en que se encuentren. Artículo 2: Facultar a la Subdirección Ejecutiva
de Gestión del Riesgo, o las dependencias que su titular designe,
a emitir los Títulos Ejecutivos pertinentes y requerir el inicio
del juicio ejecutivo por vía de apremio, y a disponer la traba
de medidas cautelares que aseguren el crédito fiscal, cuando corresponda,
para el cumplimiento de la presente Resolución. |
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