Resolución Normativa Nº 030/08

LA PLATA 18 de Marzo de 2008.-

VISTO:
Que por expediente N°2360-3492/08 la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires propicia la aprobación de la desagregación estructural de las Gerencias Generales de Estudios y Evaluaciones; de Comunicación; de Vínculos Interinstitucionales; de Administración; de Coordinación Legal y Administrativa; de Defensa del Contribuyente; de Responsabilidad Profesional; y de Contralor, y

CONSIDERANDO:
Que por Ley N° 13766 se creó la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires como entidad autárquica de derecho público;

Que por Resolución Normativa N° 5/08 se aprobó la estructura orgánico funcional superior de la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires, incorporando, entre otros, los cargos de Gerente General de Estudios y Evaluaciones; de Comunicación; de Vínculos Interinstitucionales; de Administración; de Coordinación Legal y Administrativa; de Defensa del Contribuyente; de Responsabilidad Profesional; y de Contralor;

Que en tal sentido y para dotar a dichas dependencias de la operatividad necesaria para el logro de los objetivos y acciones asignados, deviene oportuno y necesario aprobar la desagregación estructural de dicha unidades organizativas;

Que la presente Resolución se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 13766 y Decreto N° 85/07 B;

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:

Artículo 1: Aprobar, en el ámbito de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, la desagregación estructural de las Gerencias Generales de Estudios y Evaluaciones; de Comunicación; de Vínculos Interinstitucionales; de Administración; de Coordinación Legal y Administrativa; de Defensa del Contribuyente; de Responsabilidad Profesional; y de Contralor, de acuerdo al organigrama, acciones y Plan Estratégico, que como anexos 1, 2 y 3 forman parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2: Determinar para las unidades organizativas desagregadas en el artículo precedente, los siguientes cargos: UN (1) Gerente de Datos y Estadística, UN (1) Gerente de Evaluación Socioeconómica y Estudios Tributarios; UN (1) Gerente de Publicidad; UN (1) Gerente de Vínculos Institucionales Nacionales e Internacionales, UN (1) Gerente de Vínculos con Organizaciones Gubernamentales, ONG y Emergentes; UN (1) Gerente de Presupuesto y Contabilidad; UN (1) Gerente de Tesorería; UN (1) Gerente de Planificación y Control; UN (1) Gerente de Respuesta al Reclamo; UN (1) Gerente del Control del Régimen Disciplinario; UN (1) Gerente de Contralor Patrimonial; y UN (1) Gerente de Contralor Operativo, todos ellos con rango y remuneración de Director; UN (1) Subgerente de Prensa; UN (1) Subgerente de Adquisiciones y Contrataciones; UN (1) Subgerente de Logística y Servicios Generales; UN (1) Subgerente de Asistencia Legal y Administrativa, todos ellos con rango y remuneración de Subdirector; UN (1) Jefe de Departamento de Estadísticas Tributarias; UN (1) Jefe de Departamento de Datos Socioeconómicos; UN (1) Jefe de Departamento de Desarrollo Tributario y Catastral; UN (1) Jefe de Departamento de Estudios de Evasión Sectorial; UN (1) Jefe de Departamento de Identidad Institucional y Diseño; UN (1) Jefe de Departamento de Comunicación Interna; UN (1) Jefe de Departamento de Presupuesto; UN (1) Jefe de Departamento de Gestión Contable; UN (1) Jefe de Departamento de Liquidaciones; UN (1) Jefe de Departamento de Gestión Patrimonial; UN (1) Jefe de Departamento de Gestión de Ingresos, Pagos y Conciliaciones; UN (1) Jefe de Departamento de Rendición de Cuentas; UN (1) Jefe de Departamento de Gestión de Adquisiciones y Contrataciones; UN (1) Jefe de Departamento de Ordenes de Compra y Facturación; UN (1) Jefe de Departamento de Mantenimiento y Servicios Generales; UN (1) Jefe de Departamento de Logística; UN (1) Jefe de Departamento Registro y Protocolización; UN (1) Jefe de Departamento de Análisis, Diseño y Coordinación de Normas y Procedimientos Administrativos; UN (1) Jefe de Departamento de Apoyo Administrativo; UN (1) Jefe de Departamento de Reclamos del Ciudadano; UN (1) Jefe de Departamento de Seguimiento de Reclamos; UN (1) Jefe de Departamento de Análisis Causal; UN (1) Jefe de Departamento de Relaciones Jurídicas; UN (1) Jefe de Departamento de Análisis Forense; UN (1) Jefe de Departamento de Contralor de Compras y Contrataciones; UN (1) Jefe de Departamento Patrimonial y de Servicios Administrativos; UN (1) Jefe de Departamento de Contralor de Procesos Críticos; UN (1) Jefe de Departamento de Contralor de Procesos de Fiscalización; y UN (1) Jefe de Departamento de Contralor de Sistemas de Información, todos ellos conforme a los cargos vigentes que rigen en la Administración Pública Provincial (Ley N° 10430 - T.O. Decreto Nº 1869/96, Decreto Reglamentario Nº 4161/96).

Artículo 3: Suprimir las Dependencias, cargos y competencias que fueran aprobados por Decreto N° 400/05 y que a continuación se detallan:

  • Departamento Apoyo Administrativo, dependiente de la ex Subsecretaría de Ingresos Públicos.

  • Dirección de Coordinación de Servicios, dependiente de la ex Dirección Provincial de Rentas, y su desagregación estructural.

  • Subdirección Coordinación de la Gestión, dependiente de la ex Dirección Provincial de Catastro Territorial.

  • Departamento Administrativo, dependiente de la Subdirección Coordinación de la Gestión.

  • Subdirección de Información y Estadística, dependiente de la ex Dirección Provincial de Catastro Territorial.

  • Departamento de Estudios y Gestión Catastral, dependiente de la Subdirección Coordinación de la Gestión.

  • Departamento de Estudios Valuatorios, dependiente de la Dirección de Valuaciones Catastrales.

  • Departamento de Ciclos y procesos; dependiente de la ex Dirección de Auditoría.

  • Departamento de Contraverificación de Fiscalizaciones, dependiente de la ex Dirección de Auditoría.

Artículo 4: Suprimir las Dependencias, cargos y competencias que fueran aprobados por Decreto N° 3142/06, modificatorio del Decreto N° 400/05 y que a continuación se detallan:

  • Departamento Reclamos del Ciudadano, dependiente de la ex Dirección Provincial de Defensa del Contribuyente.

  • Departamento de Seguimiento de Reclamos, dependiente de la ex Dirección Provincial de Defensa del Contribuyente.

Artículo 5: Limitar las designaciones del personal cuyas funciones se correspondan con las Unidades Orgánicas que se suprimen en el artículo 3° y 4° de la presente Resolución, debiendo formalizarse las mismas mediante el dictado de los actos administrativos correspondientes.

Artículo 6: Dejar establecido que la Gerencia General de Responsabilidad Profesional es el órgano de aplicación del procedimiento disciplinario sancionatorio, en los términos previstos por el artículo 4° inc. q) de la Ley N° 13766 y la Ley N° 10430 (TO por Decreto N° 1869/96 y su Decreto Reglamentario N° 4161/96), y sus modificatorios.

Artículo 7: Registrar, comunicar a la Secretaría General de la Gobernación y al Ministerio de Economía, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.

Ver Anexo I
      Anexo II
      Anexo III