Disposición Nº 1235/20 | ||
........................................................................................................................................................................................................................................................................... | ||
LA PLATA, 23 DE ABRIL DE 2020 | ||
VISTO: CONSIDERANDO: Que las referidas cuotas devengarán un interés equivalente al que perciba el Banco de la Provincia de Buenos Aires en operaciones de descuento a treinta (30) días; Que la Gerencia de Estadísticas Tributarias, ha constatado las aludidas tasas de interés calculadas en función de lo establecido por la norma de referencia; Que corresponde, en consecuencia, proceder a la aprobación de las mencionadas tasas de interés; Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N°13766 y el artículo 304 del Código Fiscal (T.O. 2011); Por ello, EL GERENTE DE ESTADÍSTICAS TRIBUTARIAS
EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Artículo 1º: Establecer para el mes de mayo de 2020, en el dos con sesenta y siete y sesenta y dos (2,6762%) mensual, la tasa de interés aplicable a las cuotas respectivas correspondientes a los contratos a que se refiere el Artículo 304 del Código Fiscal (T.O. 2011). Artículo 2º: Registrar,
comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA.
|
||