VISTO:
Que mediante Expediente 22700-0008120-2017 se propicia establecer la forma
y condiciones de pago para hacer efectiva la aplicación del artículo
304 del Código Fiscal - Ley Nº10397 y modificatorias (T.O.
2011), y
CONSIDERANDO:
Que el citado artículo establece que en caso de contratos para
la realización de obras, prestaciones de servicios o suministros,
incluidas las concesiones otorgadas por cualquier autoridad administrativa,
cuyo plazo de duración sea superior o igual a treinta (30) meses
y que den lugar a un impuesto que exceda al importe que determina la Ley
Impositiva, el gravamen correspondiente se podrá abonar hasta en
diez (10) cuotas semestrales iguales y consecutivas, no pudiendo superar
el plazo de ejecución del contrato;
Que las referidas cuotas devengarán un interés equivalente
al que perciba el Banco de la Provincia de Buenos Aires en operaciones
de descuento a treinta (30) días;
Que la Gerencia de Estudios y Evaluación Tributaria, ha constatado
las aludidas tasas de interés calculadas en función de lo
establecido por la norma de referencia;
Que corresponde, en consecuencia, proceder a la aprobación de las
mencionadas tasas de interés;
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la
Ley N°13766 y el artículo 304 del Código Fiscal (T.O.
2011);
Por ello,
EL GERENTE DE ESTUDIOS Y EVALUACION TRIBUTARIA EN USO
DE LAS ATRIBUCIONES
CONFERIDAS POR RESOLUCIÓN NORMATIVA N° 21/11
DISPONE:
Artículo 1º: Establecer para el mes de Marzo de 2017,
en el uno con setenta y tres y dieciocho por ciento (1.7318%) mensual,
la tasa de interés aplicable a las cuotas respectivas correspondientes
a los contratos a que se refiere el Artículo 304 del Código
Fiscal (T.O. 2011).
Artículo 2º: Registrar, comunicar, publicar, dar al
Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
DISPOSICIÓN DELEGADA PC N° 080/2017
|