Disposición Nº 185/11 LA PLATA, 26 DE MAYO DE 2011 VISTO: CONSIDERANDO: Que dicho acto administrativo determina la tasa de interés en
dos por ciento (2%) mensual para los casos de falta de pago de obligaciones
fiscales de contribuyentes y responsables provenientes de los impuestos
Inmobiliario, Automotor, Embarcaciones Deportivas o de Recreación,
y a la Venta de Energía Eléctrica (artículo 72 bis
de la Ley N° 11.769); y en tres por ciento (3%) mensual en los casos
de falta de pago de obligaciones fiscales de contribuyentes y responsables
proveniente del impuesto sobre los Ingresos Brutos, Sellos y Tasas Retributivas
de Servicios Administrativos y Judiciales; Que en orden a ello, la Gerencia de Estudios y Evaluación Tributaria,
a través del Departamento de Estadísticas Tributarias, ha
elaborado los "índices de Liquidación" correspondientes
a los meses de julio, agosto y septiembre de 2011; Que en virtud de lo expuesto, deviene oportuno y conveniente proceder
a la aprobación de los "índices de Liquidación"
aludidos ut supra; Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el
artículo 86 -segundo párrafo- del Código Fiscal de
la provincia de Buenos Aires Ley N°10397 (T.O. 2004, texto según
Ley 13405) y la Resolución Normativa N°21/11; Por ello, EL GERENTE DE ESTUDIOS Y EVALUACION TRIBUTARIA Artículo 1º: Determinar los índices de liquidación para los meses de julio, agosto y septiembre de 2011, aplicables en virtud de lo dispuesto por el artículo 86 del Código Fiscal de la provincia de Buenos Aires Ley Nº 10397 (T.O. 2004, texto según Ley Nº 13405), de conformidad con la tasa de interés fijada por Resolución N° 271/08 del Ministerio de Economía, que como Anexo Único forma parte integrante de la presente. Artículo 2º: Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
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autodeterminados agosto 2011 con tope Ver Indices
autodeterminados julio 2011 con tope
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