Disposición Nº 001/08 ASUNTO: Índices de Liquidación Artículo Nº 86 del Código Fiscal T.O. 2004. Ley 10397. Resolución Ministerial Nº 120/2004. Emisión marzo de 2008.-
CONSIDERANDO: Que por resolución ministerial Nº 126/2006 del Ministerio
de Economía en el articulo 1º acápite 1.2. Establece
una tasa de interés del 1 (uno % mensual), para el Impuesto Inmobiliario,
Automotor y Embarcaciones Deportivas o de Recreación y a la venta
de Energía Eléctrica (articulo 72 bis de la Ley 11.769);
cobros por vía de apremio de obligaciones fiscales de contribuyentes
y responsables provenientes de los Impuestos Inmobiliario, a los Automotores,
a las Embarcaciones Deportivas o de recreación y a la venta de
Energía Eléctrica (articulo 72 bis de la Ley 11.769). Como
asimismo en el artículo 1ª acopio 1.3. fija una tasa del 1.5
(uno con cinco % mensual) a los Impuestos sobre los Ingresos Brutos, de
sellos y Tasas Retributivas de Servicios Administrativos y Judiciales;
cobros por vía de apremio de obligaciones fiscales de contribuyentes
y responsables provenientes de los Impuestos sobre los Ingresos Brutos,
Sellos y Tasas Retributivas de Servicios Administrativos Judiciales; Que por la Subdirección Información y Estadística,
se han elaborado los "Índices de Liquidación"
correspondientes al mes de Marzo de 2008; Que corresponde, en consecuencia, proceder a su aprobación y aplicación inmediata; Por ello, LA SUBDIRECCIÓN DE INFORMACIÓN Y ESTADÍSTICA, Artículo 1: Aprobar los índices de liquidación a que hace referencia el Artículo 86 del Código Fiscal TO 2004 para el mes de Marzo de 2008, que como anexo, integra la presente. Artículo 2: Esta Normativa tendrá vigencia a partir del 1 de Marzo de 2008. Artículo 3: Registrar, comunicar, notificar a quienes corresponda, solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Oficial, incorpórese y regístrese en el SINBA. Circúlese y archívese. Ver Indices
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