Disposición Normativa-Serie "B" Nº 088/07 ASUNTO: Exención de los Impuestos Inmobiliario y a los Automotores. Otorgamiento de oficio. Artículo 3 de la Disposición Normativa Serie "B" N° 48/06. Sustitución.
Que mediante la Ley 13405 se modificó el artículo 99 del
Código Fiscal (T.O. 2004 y mods.). Que por la modificación introducida se faculta a la Dirección
Provincial de Rentas a otorgar de oficio las exenciones de gravámenes,
en aquellos supuestos en que cuente con la información necesaria
respecto de la concurrencia de las condiciones para la procedencia del
beneficio. Que por Disposición Normativa Serie "B" Nº 48/06
se reglamentaron los supuestos en que procede el otorgamiento de oficio
de las exenciones de los Impuestos Inmobiliario y a los Automotores, conforme
lo establecido en el citado artículo 99 del Código Fiscal
(T.O. 2004 y mods.). Que el Decreto Ley 7948/72, que establece la autarquía de la Corporación
de Fomento del Valle Bonaerense del Río Colorado (COR. FO. Río
Colorado), dispone que estarán exentos de todo impuesto o tasa
provincial la Corpora-ción, todos sus bienes, actos y contratos. Que la Ley 12726, por su parte, dispone que están exentos de todo
gravamen, impuesto, tasa, contribución o carga de cualquier naturaleza,
los bienes, actos, contratos y operaciones que correspondan al Fideicomiso
del Banco de la Provincia de Buenos Aires creado por la Ley citada. Que en razón de que esta Autoridad de Aplicación posee
los datos necesarios para otorgar de oficio las exenciones correspondientes
al Decreto Ley y a la Ley a los que se hace referencia en los párrafos
anteriores, en esta oportunidad resulta necesario incorporar en el artículo
3 de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 48/06
los supuestos mencionados. Que a tal fin corresponde sustituir el texto de dicha norma. Por ello, el Subsecretario de Ingresos Públicos, en uso
de las atribuciones inherentes Artículo 1: Sustituir el artículo 3 de la Disposición
Normativa Serie "B" Nº 48/06, por el siguiente:
Artículo 2: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda, solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación en el Boletín Oficial, incorpórese y regístrese en el Sistema de Información Normativa de la Provincia de Buenos Aires, circúlese y archívese. |
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