Disposición Normativa-Serie "B" Nº 019/06

ASUNTO: Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Contribuyentes de Convenio Multilateral. Nuevo software de Presentación y/o Pago. Derogación CM 13.


La Plata, 20 de marzo de 2006.-


VISTO Y CONSIDERANDO:

Que en el marco de un proceso de modernización que lleva a cabo la Administración Tributaria de la Provincia de Buenos Aires, se plantean nuevas modalidades de operaciones para los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

Que mediante la Resolución General 09/2005 de la Comisión Arbitral se estableció un nuevo software domiciliario para la liquidación y/o pago del impuesto y la confección de Declaración Jurada anual por parte de los contribuyentes que tributan por el régimen del Convenio Multilateral.

Que es objeto de la presente reglamentar los procedimientos necesarios para la presentación y pago de todos los contribuyentes de Convenio Multilateral de la Provincia de Buenos Aires.

Por ello,

el Subsecretario de Ingresos Públicos, en uso de las atribuciones inherentes
al cargo de DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS, de conformidad al Decreto 1170/02,
DISPONE:

Artículo 1: Derogar el artículo 64 de la Disposición Normativa Serie "B" 1/2004 de la Parte cuarta, Sección Uno, Capítulo II, Título III, Libro Primero.

Artículo 2: Reemplazar en la Disposición Normativa Serie "B" 1/2004, el artículo 63 de de la Parte cuarta, Sección Uno, Capítulo II, Título III, Libro Primero, por lo siguiente:

"Los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos alcanzados por el régimen de Convenio Multilateral con Jurisdicción Sede en la provincia de Buenos Aires (902), deberán utilizar el programa Si.Fe.Re (Sistema Federal de Recaudación Convenio Multilateral) para las presentaciones de sus Declaraciones Juradas en forma electrónica correspondientes a Provincia de Buenos Aires, conforme a la Resolución General N° 09/2005 de la Comisión Arbitral".

Artículo 3: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda, solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Oficial, procédase a su difusión por los medios masivos de comunicación, circúlese y archívese.

 
 
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