Disposición Normativa-Serie "A" Nº 018/06

ASUNTO: Considerar fecha de vencimiento del Impuesto Inmobiliario Rural cuota 2/2005 para los contribuyentes nominados en el Anexo I como 30/08/2005.


La Plata, 04 de Abril de 2006.-


VISTO y CONSIDERANDO:

Que, el Banco de la Provincia de Buenos Aires ha comunicado que surgieron inconvenientes operativos en la actualización de vencimientos en los puestos de caja los que dieran origen a error en el calculo de interés en las cuotas 2 de 2005 del impuesto Inmobiliario Rural de las partidas debidamente identificadas en el sistema;

Que, lo antes expuesto resulta ajeno a los contribuyentes involucrados, resultando necesario considerar como válida la fecha de vencimiento que tomara el puesto de caja para realizar las actualizaciones de los pagos realizados para la cuota 2 de 2005 por el impuesto Inmobiliario Rural, correspondientes a aquellas identificaciones que se encuentren nominados en el anexo 1, que pasará a formar parte de la presente;

Que no obstante lo expuesto, se solicitará a la Entidad Bancaria mediante nota realice el depósito de la diferencia no cobrada por cada uno de los pagos involucrados;

Por ello,

el Subsecretario de Ingresos Públicos en uso de las atribuciones inherentes al cargo
de DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS, de conformidad con Decretos 1170/02 y 1167/05,
DISPONE:

Artículo 1º: Considerar el 30/08/2005 como fecha de vencimiento para actualizar e imputar los pagos realizados para la cuota 2 del año 2005 correspondiente al impuesto Inmobiliario Rural, de aquellas partidas que se encuentren nominadas en el anexo 1, el que forma parte integrante de la presente por los motivos expuestos en los considerandos.

Artículo 2°: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda, solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Oficial, circúlese y archívese.


Ver Anexo I

 
 
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