Disposición Normativa-Serie "A" Nº 017/06 ASUNTO: Considerar abonados en término. Débitos del Impuesto Inmobiliario cuota 2006 Anual para los contribuyentes detallados en Anexo I.
Que, el Departamento de Atención Personalizada
Central ha comunicado, mediante Memorando N° 26/2006, que surgieron inconvenientes
operativos en la conformación de las bases de datos que dieran origen a
la falta de realización del débito en la cuota anual de 2006 del
impuesto a las Automotores en dominios debidamente identificados en el sistema; Que,
en esta instancia resulta procedente posibilitar a los contribuyentes que oportunamente
lo solicitaran, se les practique el débito de sus cuentas bancarias o tarjeta
de crédito para abonar la cuota involucrada bajo la misma modalidad, manteniendo
la situación a la fecha de vencimiento originaria; Que, por lo
antes expuesto resulta necesario otorgar la ampliación de las fechas de
vencimiento para pago en término de la cuota anual 2006 por el impuesto
Inmobiliario, correspondientes a aquellos inmuebles que se encuentren nominados
en el anexo 1, que pasará a formar parte de la presente; Por ello, el Subsecretario de Ingresos Públicos en
uso de las atribuciones inherentes al cargo Artículo
1º: Ampliar al 23 de Marzo de 2.006, la fecha de vencimiento por pago
en término con débito automático, establecida para la "cuota
anual año 2.006" del Impuesto Inmobiliario, de aquellos inmuebles
que se encuentren nominados en el anexo 1, el que forma parte integrante de la
presente. Artículo 2°: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda, solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Oficial, circúlese y archívese.
Pago Directo
Total: 5 Partidas inmuebles Débito VISA
Total: 1 Partida inmueble | ||
Arba
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