Disposición Normativa-Serie "A" Nº 002/06 ASUNTO: Indices de Liquidación. Art. Nº 87 del Código Fiscal. Texto Ordenado 2004 Modificado por Ley 13.145 Art. 22. Resolución Ministerial 120/04. Emisión febrero de 2006.
Que la Ley 13145 en su Art.22 incorpora al Código Fiscal (Ley Nº 10.397 y sus modificatorias) el artículo 87 (TO 2004) a través del cual se autoriza a la autoridad de aplicación a establecer distintas tasas de interés para ser aplicadas en casos de incumplimiento de obligaciones fiscales correspondientes a los impuestos sobre los Ingresos Brutos e Inmobiliario, con relación a la planta urbano edificada y de la planta rural; Que
por Resolución Ministerial N° 18/04 del 30 de enero de 2004 se establecen
los nuevos valores para cada categoría de contribuyentes según el
lapso de mora en el pago; Que por Resolución Ministerial Nº 328/02 el Ministerio de Economía ha establecido la tasa del Art. 86 (C.F TO 2004) en el 2 por ciento mensual; Que por el Departamento Estudios Tributarios y Control de Gestión de la Dirección Adjunta de Planificación y Control, se han elaborado los "Índices de Liquidación" correspondientes al mes de Febrero de 2006. Que corresponde, en consecuencia, proceder a su aprobación y aplicación inmediata; Por ello, El
SUBSECRETARIO DE INGRESOS PUBLICOS EN USO DE LAS ATRIBUCIONES INHERENTES Artículo 1º: Aprobar los índices de liquidación a que hace referencia el Artículo 87 del Código Fiscal (TO 2004) para el mes de Febrero de 2006, que como anexo, integra la presente. Artículo 2º: La presente Normativa tendrá vigencia a partir del 1ro. de Febrero de 2006. Artículo 3º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese y archívese.
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