Disposición Normativa-Serie "B" Nº 004/05 ASUNTO: Disposiciones Normativas Serie "B" N° 91/04, 100/04 y 109/04. Regularización de la deuda de los contribuyentes, proveniente de los Impuestos Inmobiliario, sobre los Ingresos Brutos y a los Automotores. Extensión de la vigencia. Sustitución del artículo 5 de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 91/04.
Que, de conformidad con lo previsto en las leyes 12.914, 13.145 y 13.244,
mediante las Disposiciones Normativas Serie "B" N° 91/04 y 100/04
se establecieron regímenes de regularización de la deuda de los
contribuyentes, proveniente de los Impuestos Inmobiliario, sobre los Ingresos
Brutos y a los Automotores, vencida o devengada, según el impuesto de que
se trate, al 31 de diciembre de 2003, con sus respectivos intereses y multas. Que en atención a la gran cantidad de contribuyentes interesados
en regularizar su situación fiscal mediante el acogimiento a los regímenes
mencionados, se estima conveniente extender la vigencia de los mismos. Que
en el artículo 5 de la Disposición Normativa Serie "B"
Nº 91/04 se hace referencia a los supuestos de deudas fiscales que se encuentren
en curso de discusión administrativa, estableciéndose en tales casos
la posibilidad de realizar un acogimiento parcial al plan de pagos si se reconoce
la totalidad de la pretensión fiscal. Que en esta oportunidad
se estima conveniente modificar lo dispuesto en la norma citada, con la finalidad
de permitir a los contribuyentes realizar aco-gimientos al plan de pagos sin necesidad
de reconocer la totalidad de la pretensión fiscal. Que, asimismo,
mediante la Disposición Normativa Serie "B" Nº 109/04, en
virtud de la autorización prevista en el artículo 2 de la Ley 13.244
se estableció una reducción del monto de los intereses de la deuda
vencida al 31 de octubre de 2004, correspondiente al período fiscal 2004,
proveniente de los Impuestos Inmobiliario y a los Automotores, de los contribuyentes
que cancelaran la misma hasta el 10 de enero de 2005. Que con la finalidad
de permitir que aquellos contribuyentes que aún no han regularizado su
situación con relación a la deuda correspondiente al período
fiscal 2004, puedan acceder a los beneficios de la normativa citada en el párrafo
anterior, resulta oportuno restablecer la vigencia de la misma. Por ello, el Subsecretario de Ingresos Públicos, en
uso de las atribuciones inherentes Artículo 1:
Extender, hasta el 31 de enero de 2005, la vigencia de los regímenes de
facilidades de pago previstos por las Disposiciones Normativas Serie "B"
Nº 91/04 y 100/04. Artículo 2: Sustituir el artículo 5 de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 91/04, por el siguiente:
Artículo
3: Restablecer desde el 24 de enero de 2005 y hasta el 31 de enero de 2005,
la vigencia de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 109/04,
y extender el plazo previsto en el subinciso 1.2 del inciso 1 y en el subinciso
2.2 del inciso 2, del artículo 1 de la misma, hasta el 31 de enero de 2005. Artículo 4: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda, solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Oficial, circúlese y archívese. | ||
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