Disposición Normativa-Serie "A" Nº 047/05 ASUNTO: Considerar abonados en término. Débitos del Impuesto a las Embarcaciones Deportivas cuota 2/2005 para los contribuyentes del Anexo.-
Que, el Banco de la Provincia de Buenos Aires ha comunicado
que surgieron inconvenientes operativos en la conformación de las bases
de datos que dieran origen a la falta de realización del débito
en la cuota 2 de 2005 del impuesto a las Embarcaciones Deportivas en dominios
debidamente identificados en el sistema; Que, en esta instancia resulta
procedente posibilitar a los contribuyentes que oportunamente solicitaran, se
les practique el débito de sus cuentas bancarias para abonar la cuota involucrada,
lo realicen bajo la misma modalidad, manteniendo la situación a la fecha
de vencimiento originaria; Que, por lo antes expuesto resulta necesario
otorgar la ampliación de las fechas de vencimiento para pago en término
de la cuota 2 de 2005 por el impuesto a las Embarcaciones Deportivas, correspondientes
a aquellos dominios que se encuentren nominados en el anexo 1, que pasará
a formar parte de la presente; Por ello, el
Subsecretario de Ingresos Públicos en uso de las atribuciones inherentes Artículo
1º: Ampliar al 12 de Diciembre de 2.005, la fecha de vencimiento por
pago en término con débito automático, establecida para la
"cuota 2 año 2.005" del Impuesto a las Embarcaciones Deportivas,
de aquellos dominios que se encuentren nominados en el anexo 1, el que forma parte
integrante de la presente. Artículo 2°: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda, solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Oficial, circúlese y archívese.
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