Disposición Normativa-Serie "B" Nº 117/04 ASUNTO: Bajas impositivas de vehículos radicados en la Provincia de Buenos Aires - Autorización de su suscripción por parte de los Encargados de los Registros Seccionales de la DNRPA, ante total inexistencia de deudas.-
Que los Encargados de Registros Seccionales
de la propiedad del Automotor y de Créditos prendarios (en adelante "Registros
Seccionales"), en su carácter de Agentes de Recaudación de
los Impuestos a los Automotores y de Sellos, intervienen a diario en la conformación
de trámites de Bajas impositivas, por distintos supuestos, tales como:
cambio de radicación a otras jurisdicciones, robo o hurto, desarme, exportación,
etc.. el Subsecretario de Ingresos
Públicos, en uso de las atribuciones inherentes Artículo 1: Los Encargados de los Registros Seccionales de la DNRPA con asiento en la Provincia de Buenos Aires y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que operen con el sistema "Gercydas 2" o el que en adelante lo modifique y/o reemplace, están autorizados a suscribir los formularios de bajas impositivas, previa verificación de inexistencia de deudas y procediendo, en caso de corresponder, con la percepción de los importes adeudados en concepto de Impuestos. Artículo 2: La presente Disposición tendrá vigencia a partir del día de su fecha, sin perjuicio de lo cual se considerarán válidos los formularios suscriptos y las percepciones realizadas desde el 18 de octubre de 2004 por los Encargados de los Registros Seccionales mencionados. Artículo 3: Regístrese, solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese y archívese. | ||
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