Disposición Normativa-Serie "B" Nº 115/04

ASUNTO: Nueva modalidad de adhesión al programa Rentas Global para comercios con ingresos anuales menores a $ 3.000.000 o no contribuyentes del fisco provincial.-


La Plata, 27 de diciembre de 2004.-


VISTO Y CONSIDERANDO:

Que, por Disposición Normativa Serie "B" N° 68/04, es necesario disponer de procedimientos ágiles para la adhesión al programa Rentas Global de los comercios de menor envergadura o bien de aquellos que no sean contribuyentes de la provincia de Buenos Aires.

Que, así, se asegura un tratamiento uniforme y efectivo de todos ellos, que les permita beneficiarse desde un inicio de lo que el programa les ofrece.

Por ello,

el Subsecretario de Ingresos Públicos, en uso de las atribuciones inherentes
al cargo de DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS, de conformidad al Decreto 1170/02,
DISPONE:

Artículo 1: Los comercios que hubieran obtenido en el año calendario inmediato anterior ingresos brutos operativos (gravados, no gravados y exentos) por un importe inferior o igual a tres millones de pesos ($3.000.000), debiéndose computar, a estos efectos, los ingresos provenientes de todas las jurisdicciones, como así también aquellos comercios que no son contribuyentes del fisco provincial, podrán adherirse al programa Rentas Global desde la fecha de la presente disposición, respetando, para ello, el siguiente procedimiento:

1. Ingresarán al sitio www.rentas.gba.gov.ar para completar el formulario de voluntad de adhesión al programa, disponible en la opción Rentas Global de su página de inicio.

2. Una vez completado, enviarán el formulario utilizando el comando "Enviar" dispuesto al pie de la misma página donde éste se encuentra.

3. Transcurrido un período de entre 10 y 15 días de enviado el formulario, recibirán la visita del personal de la Dirección Provincial de Rentas encargado de completar los trámites de adhesión. Este personal podrá ser un supervisor de la tarjeta Rentas Global o un agente que se desempeñe en alguna Gerencia Regional, Gerencia Departamental u Oficina de Distrito. (En todos los casos, quien se presente al comercio a tramitar la adhesión estará debidamente identificado como supervisor de la tarjeta Rentas Global o agente de la Dirección Provincial de Rentas, debiendo el responsable del comercio que lo reciba exigir la exhibición de la credencial correspondiente).

4. Una vez en contacto con el supervisor o agente, proveerán toda la información relacionada con la adhesión que éste les requiera, complementaria ésta de los datos iniciales que supieran enviar a través del formulario de voluntad de adhesión.

5. Completado el trámite de adhesión, indicarán al supervisor o agente los lugares disponibles para la colocación de las calcomanías y demás piezas gráficas identificatorias de la adhesión del comercio al programa Rentas Global.

Artículo 2: Derogar el artículo 8° de la Disposición Normativa Serie "B" N° 68/04.

Artículo 3: Regístrese, solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Oficial, circúlese y archívese.

 
 
Arba © Todos los derechos reservados
Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires