Disposición Normativa-Serie "B" Nº 113/04 ASUNTO: Regímenes de regularización de deudas que no se encuentren en proceso de ejecución judicial, provenientes de los Impuestos sobre los Ingresos Brutos, Inmobiliario y a los Automotores. Planes de pago en cuotas. Modalidad alternativa de cancelación.-
Que de conformidad con la política tributaria tendiente a paliar
la gravedad de la situación económica que afecta al país
y consecuentemente a la Provincia de Buenos Aires, mediante el establecimiento
de diversos regímenes de regularización de deudas, la Dirección
Provincial de Rentas ha puesto al alcance de los contribuyentes distintos planes
de facilidades de pago para la cancelación de las obligaciones tributarias
adeudadas, ajustados a sus posibilidades. Por ello, el Subsecretario de Ingresos Públicos,
en uso de las atribuciones inherentes Artículo 1: Incorporar a los regímenes de regularización de deudas correspondientes a los Impuestos Inmobiliario, a los Automotores y sobre los Ingresos Brutos, vigentes a la fecha de la presente Disposición, las siguientes alternativas a la modalidad de pago en cuotas:
Artículo 2: El cálculo de los porcentajes a los que se hace referencia en el inciso 2 del artículo anterior, será efectuado sobre el importe resultante de descontar previamente el monto correspondiente al anticipo del cinco por ciento (5%) al total de la deuda regula-rizada, previsto para la modalidad de cancelación en cuotas. Artículo 3: En ningún caso, el importe que resulte para cada cuota podrá ser inferior al mínimo de cuota establecido en la normativa reglamentaria del régimen de regulariza-ción de que se trate. Artículo 4: Se encuentran excluidas de lo
dispuesto en la presente Disposición las deudas que se encuentren sometidas
a proceso de ejecución judicial. Artículo 6: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda, solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Ofi-cial, circúlese y archívese. | ||
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