Disposición Normativa-Serie "B" Nº 080/04

ASUNTO: Disposición Normativa Serie "B" N° 68/04. Programa "Tarjeta Rentas Global". Modificación de los plazos previstos en los Artículos 9 bis y 10 bis, incorporados por la Disposición Normativa Serie "B" Nº 77/04.


La Plata, 28 de septiembre de 2004.-


VISTO Y CONSIDERANDO:

Que mediante el dictado de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 68/04, se implementó el Programa "Tarjeta Rentas Global".

Que en los artículos 9 bis y 10 bis de la citada normativa (incorporados a la misma por la Disposición Normativa Serie "B" Nº 77/04), se establece que los comercios que hubieran obtenido en el año calendario inmediato anterior ingresos brutos operativos (gravados, no gravados y exentos) por un importe superior a diez millones de pesos, deben manifestar, hasta las 12:00 horas del día 29 de septiembre de 2004, su voluntad de participar en el Programa "Tarjeta Rentas Global", y presentar, hasta las 12:00 horas del día 6 de octubre de 2004, la propuesta de beneficios a otorgar a los contribuyentes con conducta fiscal cumplidora.

Que en esta oportunidad se estima conveniente extender los plazos señalados, unificándolos con los previstos en los artículos 9 y 10 de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 68/04.

Por ello,

el Subsecretario de Ingresos Públicos, en uso de las atribuciones inherentes
al cargo de DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS, de conformidad al Decreto 1170/02,
DISPONE:

Artículo 1: Extender el plazo previsto en el artículo 9 bis de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 68/04 (agregado por Disposición Normativa Serie "B" Nº 77/04), hasta las 12:00 horas del día 6 de octubre de 2004.

Artículo 2: Extender el plazo previsto en el artículo 10 bis de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 68/04 (agregado por Disposición Normativa Serie "B" Nº 77/04), hasta las 12:00 horas del día 13 de octubre de 2004.

Artículo 3: Establecer la vigencia de la presente Disposición a partir del día de su fecha.

Artículo 4: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda, solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Oficial, circúlese y archívese.

 
 
Arba © Todos los derechos reservados
Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires