Disposición Normativa-Serie "B" Nº 076/04 ASUNTO: Disposición Normativa Serie "B" Nº 42/04. Régimen de información para los Colegios, Consejos y otros organismos profesionales que tienen a su cargo el gobierno de la matrícula, y para las Cajas Previsionales para profesionales. Extensión del plazo previsto para la presentación de la primera declaración jurada
Que, en virtud de lo dispuesto en el articulo 126
bis del Código Fiscal -T.O. 1999-, incorporado por la Ley 13145 (artículo
140 del Código Fiscal, T.O. 2004), mediante la Disposición Normativa
Serie "B" Nº 42/04 se estableció un régimen de información
para los Colegios, Consejos y otros organismos profesionales que tienen a su cargo
el gobierno de la matrícula, y para las Cajas Previsionales para profesionales.
Que de conformidad con lo previsto en el artículo 4 inci-so
c) de la normativa citada, el vencimiento para la presentación de la primera
declara-ción jurada fue previsto para el 10 de setiembre de 2004. Que en esta oportunidad se estima conveniente extender el plazo señalado hasta el 12 de octubre del corriente año. Por ello, el
Subsecretario de Ingresos Públicos, en uso de las atribuciones inherentes Artículo 1: Extender hasta el 12 de octubre de
2004, el plazo establecido en el artículo 4 inciso c) de la Disposición
Normativa Serie "B" Nº 42/04, previsto para la presentación
de la primera declaración jurada. Artículo 2:
Establecer la vigencia de la presente Disposición a partir del día
de su fecha. Artículo 3: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda, solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación en el Boletín Oficial, circúlese y archívese. | ||
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