Disposición Normativa-Serie "B" Nº 029/04 ASUNTO: Disposiciones Normativas Serie "B" Nº 7/2004 Artículo 6°, modificación a las condiciones para realizar el plan.
Que, por Disposición
Normativa Serie "B" Nº 7/2004 Artículo 6 primer párrafo,
se estableció como condición para acceder al plan de pagos en cuotas,
la adhesión al sistema de pago directo, que opera mediante el débito
en la cuenta bancaria del contribuyente, con relación a las cuotas corrientes
del impuesto que se regularice; Que, no obstante lo allí expuesto, existiendo la modalidad de pago "débito en tarjeta", la cual surte los mismos efectos que un débito automático en cuenta, resulta necesario permitir a los contribuyentes, el cumplimiento de dicha obligatoriedad mediante adhesión a débito en tarjeta, ampliando la posibilidad de formalización de los planes de pago; por ello,
el Subsecretario de Ingresos Públicos en uso de las atribuciones inherentes Artículo 1º: Modificar el texto del Artículo 6º de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 7/2004, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 2°: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda, solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Oficial, circúlese y archívese. | ||
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