Disposición Normativa-Serie "B" Nº 003/04 ASUNTO: Agentes de recaudación del Impuesto de Sellos. Escribanos Públicos. Prórroga de la fecha de vencimiento para cumplir con el depósito de los importes percibidos al momento de otorgar actos o escrituras entre el día 16 y el último hábil de diciembre de 2003.
Que, al momento del cumplimiento de la obligación
de depositar los importes percibidos o retenidos en concepto de Impuesto de Sellos
por actos o escrituras otorgados durante la segunda mitad de diciembre de 2003,
los Escribanos Públicos se han encontrado con dificultades específicas
al establecer su vínculo con la Dirección Provincial de Rentas a
través de internet, originadas en demandas extraordinarias que ha sufrido
el servidor que aloja al sitio www.rentas.gba.gov.ar; Que, en consecuencia, resulta necesario considerar esta situación de incumplimiento involuntario de tal obligación, determinando una prórroga en la fecha de vencimiento de la misma; Por ello, el
Subsecretario de Ingresos Públicos, en uso de las atribuciones inherentes
al cargo Artículo 1º: Prorrogar al 14
de enero de 2004 el vencimiento de la obligación a la que hace referencia
el inciso b) del artículo 6° de la Disposición Normativa Serie
"B" N° 52/03, correspondiente a los actos o escrituras otorgados
entre el día 16 y el último hábil del mes de diciembre de
2003. Artículo 2º: Regístrese, solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Oficial, circúlese y archívese. | ||
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