Disposición Normativa-Serie "B" Nº 083/03

ASUNTO: Regímenes de regularización de deudas. Leyes 12914 y 13003. Impuestos sobre los Ingresos Brutos, Inmobiliario, a los Automotores, sobre las Embarcaciones Deportivas o de Recreación y de Sellos. Disposiciones Normativas Serie "B" N° 64/02, 14/03, 15/03, 20/03, 21/03, 22/03 y 23/03. Extensión de su vigencia.-


La Plata, 11 de diciembre de 2003.-


VISTO Y CONSIDERANDO:

Que conforme a la autorización prevista por el Artículo 1 de la Ley 12914, mediante el dictado de las Disposiciones Normativas Serie "B" N° 64/02, 14/03, 15/03, 20/03, 21/03, 22/03 y 23/03, se reglamentaron los regímenes de regularización de deudas provenientes de los Impuestos sobre los Ingresos Brutos, Inmobiliario, a los Automotores, sobre las Embarcaciones Deportivas o de Recreación y de Sellos.

Que razones de administración tributaria hacen aconsejable extender el plazo dentro del cual podrán realizarse acogimientos a los regímenes de regularización mencionados.
Por ello,

el Subsecretario de Ingresos Públicos, en uso de las atribuciones inherentes
al cargo de DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS, de conformidad al Decreto 1170/02,
D I S P O N E:

Artículo 1: Extender hasta el 30 de diciembre de 2003, la vigencia de los regímenes de regularización de deudas previstos en las Disposiciones Normativas Serie "B" N° 64/02, 14/03, 15/03, 20/03, 21/03, 22/03 y 23/03.

Artículo 2: Establecer la vigencia de la presente Disposición a partir del 29 de noviembre de 2003.

Artículo 3: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda, solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Oficial, circúlese y archívese.

 
 
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