Disposición Normativa-Serie "B" Nº 076/03 ASUNTO: Regímenes de regularización de deudas. Leyes
12914 y 13003. Impuestos sobre los Ingresos Brutos, Inmobiliario, a los
Automotores, sobre las Embarcaciones Deportivas o de Recreación
y de Sellos. Disposiciones Normativas Serie "B" N° 64/02,
14/03, 15/03, 20/03, 21/03, 22/03, 23/03 y sus modificatorias. Ampliación
de su vigencia para el pago de contado.-
Que, a partir de la autorización prevista por el Artículo
1 de la Ley 12914, mediante el dictado de las Disposiciones Normativas
Serie "B" N° 64/02, 14/03, 15/03, 20/03, 21/03, 22/03 y
23/03, se reglamentaron los regímenes de regularización
de deudas provenientes de los Impuestos sobre los Ingresos Brutos, Inmobiliario,
a los Automotores, sobre las Embarcaciones Deportivas o de Recreación
y de Sellos. Que razones de administración tributaria hacen aconsejable extender
el plazo para acogerse a los beneficios de los regímenes de regularización
establecidos por las normativas citadas, para la modalidad al contado
en hasta tres pagos mensuales. Por ello, el Subsecretario de Ingresos Públicos, en uso
de las atribuciones inherentes Artículo 1: Extender, hasta el 25 de noviembre de 2003,
la vigencia de los regímenes de regularización de deudas
previstos en las Disposiciones Normativas Serie "B" N° 64/02,
14/03, 15/03, 20/03, 21/03, 22/03, 23/03 y sus modificatorias, para la
modalidad al contado, en hasta tres pagos mensuales. Artículo 2: Establecer la vigencia de la presente Disposición
a partir del 3 de noviembre de 2003. Artículo 3: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda, solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Oficial, circúlese y archívese. |
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