Disposición Normativa-Serie "B" Nº 066/03

ASUNTO: Regímenes de regularización de deudas. Leyes 12914 y 13003. Impuestos sobre los Ingresos Brutos, Inmobiliario, a los Automotores, sobre las Embarcaciones Deportivas o de Recreación y de Sellos. Disposiciones Normativas Serie "B" N° 64/02, 14/03, 15/03, 20/03, 21/03, 22/03 y 23/03. Ampliación de su vigencia.-


La Plata, 1° de octubre de 2003.-


VISTO Y CONSIDERANDO:

Que, a partir de la autorización prevista por el Artículo 1 de la Ley 12914, mediante el dictado de las Disposiciones Normativas Serie "B" N° 64/02, 14/03, 15/03, 20/03, 21/03, 22/03 y 23/03, se reglamentaron los regímenes de regularización de deudas provenientes de los Impuestos sobre los Ingresos Brutos, Inmobiliario, a los Automotores, sobre las Embarcaciones Deportivas o de Recreación y de Sellos.

Que razones de administración tributaria hacen aconsejable extender el plazo que se establece en las normativas citadas para acogerse a los beneficios de los regímenes de regularización.

Por ello,

el Subsecretario de Ingresos Públicos, en uso de las atribuciones inherentes
al cargo de DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS, de conformidad al Decreto 1170/02,
DISPONE:

Artículo 1: Extender, hasta el 31 de octubre de 2003, la vigencia de los regímenes de regularización de deudas previstos en las Disposiciones Normativas Serie "B" N° 64/02, 14/03, 15/03, 20/03, 21/03, 22/03 y 23/03.

Artículo 2: Establecer la vigencia de la presente Disposición a partir del 1° de octubre de 2003.

Artículo 3: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda, solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Oficial, circúlese y archívese.

 
 
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