Disposición Normativa-Serie "B" Nº 066/03 ASUNTO: Regímenes de regularización de deudas.
Leyes 12914 y 13003. Impuestos sobre los Ingresos Brutos, Inmobiliario, a los
Automotores, sobre las Embarcaciones Deportivas o de Recreación y de Sellos.
Disposiciones Normativas Serie "B" N° 64/02, 14/03, 15/03, 20/03,
21/03, 22/03 y 23/03. Ampliación de su vigencia.-
Que, a partir de la autorización prevista por el Artículo
1 de la Ley 12914, mediante el dictado de las Disposiciones Normativas Serie "B"
N° 64/02, 14/03, 15/03, 20/03, 21/03, 22/03 y 23/03, se reglamentaron los
regímenes de regularización de deudas provenientes de los Impuestos
sobre los Ingresos Brutos, Inmobiliario, a los Automotores, sobre las Embarcaciones
Deportivas o de Recreación y de Sellos. Que razones de administración
tributaria hacen aconsejable extender el plazo que se establece en las normativas
citadas para acogerse a los beneficios de los regímenes de regularización. Por ello, el Subsecretario de Ingresos Públicos,
en uso de las atribuciones inherentes Artículo 1:
Extender, hasta el 31 de octubre de 2003, la vigencia de los regímenes
de regularización de deudas previstos en las Disposiciones Normativas Serie
"B" N° 64/02, 14/03, 15/03, 20/03, 21/03, 22/03 y 23/03. Artículo
2: Establecer la vigencia de la presente Disposición a partir del 1°
de octubre de 2003. Artículo 3: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda, solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Oficial, circúlese y archívese. | ||
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