Disposición Normativa-Serie "B" Nº 048/03

ASUNTO: Rehabilitación de planes de facilidades de pago del Artículo 85 del Código Fiscal (Texto según Ley 12397). Título III, Capítulo II, Sección Cuatro de la Disposición Normativa Serie "B" N° 1/02. Extensión del plazo previsto en el Artículo 1 de la Disposición Normativa Serie "B" N° 34/03.-


La Plata, 23 de julio de 2003.-


VISTO Y CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 85 del Código Fiscal (Texto según Ley 12397), se otorgó a la Dirección Provincial de Rentas, la facultad de conceder facilidades de pago para deudas relativas a tributos y sus accesorios, para contribuyentes concursados.

Que en virtud de tal autorización, se reglamentaron los requisitos y modalidades del plan de pagos, los que se encuentran establecidos en el Título III, Capítulo II, Sección Cuatro de la Disposición Normativa Serie "B" N° 1/02.

Que mediante la Disposición Normativa Serie "B" N° 34/03 se puso en vigencia para los contribuyentes que oportunamente hubiesen formulado un acogimiento a tales planes de pago, un mecanismo destinado a sanear la caducidad de los mismos.

Que en esta oportunidad se considera conveniente extender el plazo dentro del cual podrá accederse al beneficio señalado en el párrafo anterior.

Por ello,

el Subsecretario de Ingresos Públicos, en uso de las atribuciones inherentes al cargo
de DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS, de conformidad al Decreto 1170/02,
DISPONE:

Artículo 1: Extender hasta el 29 de agosto de 2003, el plazo previsto en el Artículo 1 de la Disposición Normativa Serie "B" N° 34/03.

Artículo 2: Establecer la vigencia de la presente disposición a partir del 1° de julio de 2003.

Artículo 3: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda, solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Oficial, circúlese y archívese.

 
 
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