Disposición Normativa-Serie "A" Nº 046/03 ASUNTO: "Considerar abonadas en término pago cuota 3 del impuesto Automotor hasta el 25/09/03" liquidadas en boletas "Registra Deuda Pendiente".-
Que mediante la Disposición Normativa Serie "A" N°
69/02 - calendario fiscal 2003- se estipularon, entre otras, las fechas
de vencimiento del período 3/2003 correspondiente al impuesto a
los Automotores; Que por cuestiones de recaudación y de seguimiento particularizado
de aquellos contribuyentes deudores de las cuotas correspondientes al
año corriente, se realiza una emisión especial identificada
con una leyenda "Registra Deuda Pendiente" en una boleta roja,
que involucra la liquidación de la próxima cuota a vencer
comunicando las cuotas corrientes adeudadas a la fecha; Que para dicha emisión han surgido cuestiones netamente operativas
que hacen necesario ampliar la fecha de vencimiento para abonar la cuota
3 del impuesto a los automotores; Que es oportuno en esta instancia formalizar la ampliación mediante una norma; Por ello, el Subsecretario de Ingresos Públicos, en uso
de las atribuciones inherentes al cargo Artículo 1º: Considerar abonados en término
hasta el 25 de septiembre de 2003 inclusive, los pagos correspondientes
a la cuota 03/2003 del Impuesto a los Automotores, de aquellos contribuyentes
incluidos en la emisión "Registra Deuda Pendiente" en
boletas rojas. Artículo 2º: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda, solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Oficial, procédase a su publicación por los medios masivos de comunicación, circúlese y archívese. |
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