Disposición Normativa-Serie "A" Nº 018/03

ASUNTO: Ampliación fechas de pago en término con débito automático, cuota Anual y 1/2003 correspondientes al Impuesto Inmobiliario Urbano Edificado y Baldío, para aquellas partidas que se encuentren detalladas en el anexo 1.-


La Plata, 2 de abril de 2003.-


VISTO Y CONSIDERANDO:

Que, con fecha 12 de julio de 2002 entre el Banco de la Provincia de Buenos Aires y el Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires se celebró el Convenio Marco mediante el cual se regula la modalidad de recaudación por Pago Directo, el que fuera aprobado por Decreto N°2220 de fecha 11 de Septiembre de 2002;

Que, con motivo de la implementación del sistema que contemple lo dispuesto en dicho Convenio, surgieron inconvenientes operativos en la conformación de las bases de datos que dieran origen a la falta de realización del débito en las cuotas Anual y 1 de 2003 del impuesto inmobiliario Urbano, Edificado y Baldío, en partidas debidamente identificadas en el sistema;

Que, en esta instancia resulta procedente posibilitar a los contribuyentes que oportunamente solicitaran, se les practique el débito de sus cuentas bancarias para abonar las cuotas involucradas, lo realicen bajo la misma modalidad, manteniendo la situación a las fechas de vencimiento originarias;

Que, por lo antes expuesto resulta necesario otorgar la ampliación de las fechas de vencimiento para pago en término de la cuota 1 y Anual de 2003 por el Impuesto Inmobiliario - Urbano, Edificado y Baldío, correspondientes a aquellas partidas que se encuentren nominadas en el anexo 1, que pasará a formar parte de la presente;

por ello,

el Subsecretario de Ingresos Públicos en uso de las atribuciones inherentes al cargo
de DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS, de conformidad al Decreto 1170/02,
DISPONE:

Artículo 1º: Ampliar al 25 de abril de 2.003, la fecha de vencimiento por pago en término con débito automático, establecida para la "cuota 1 y Anual de 2.003" del Impuesto Inmobiliario Urbano Edificado y Baldío, de aquellas partidas que se encuentren nominadas en el anexo 1, el que forma parte integrante de la presente.

Artículo 2°: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda, solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Oficial, circúlese y archívese.


Ver Anexo I

 
 
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