Disposición Normativa-Serie "A" Nº 014/03 ASUNTO: Ampliación fechas de pago en término con débito automático, cuota 3/2002 Planta Rural, cuota 4/2002 Planta Baldía, correspondientes al Impuesto Inmobiliario, para aquellas partidas que se encuentren detalladas en el anexo 1.-
Que, con fecha 12 de julio de 2002 entre
el Banco de la Provincia de Buenos Aires y el Ministerio de Economía de
la Provincia de Buenos Aires se celebró el Convenio Marco mediante el cual
se regula la modalidad de recaudación por Pago Directo, el que fuera aprobado
por Decreto N°2220 de fecha 11 de Septiembre de 2002; Que,
con motivo de la implementación del sistema que contemple lo dispuesto
en dicho Convenio, surgieron inconvenientes operativos en la conformación
de las bases de datos que dieran origen a la falta de realización del débito
en las cuotas 3 y 4 de 2002 del impuesto inmobiliario rural y baldío respectivamentes,
en partidas debidamente identificadas en el sistema; Que,
en esta instancia resulta procedente posibilitar a los contribuyentes que oportunamente
solicitaran, se les practique el débito de sus cuentas bancarias para abonar
las cuotas involucradas, lo realicen bajo la misma modalidad, manteniendo la situación
a las fechas de vencimiento originarias; Que, por lo antes expuesto resulta necesario otorgar la ampliación de las fechas de vencimiento para pago en término de la cuota 3 de 2002 por el Impuesto Inmobiliario - Planta Rural-, cuota 4 de 2002 por el Impuesto Inmobiliario -Planta Urbana Baldía-, correspondientes a aquellas partidas que se encuentren nominadas en el anexo 1, que pasará a formar parte de la presente; por ello, el Subsecretario de Ingresos Públicos
en uso de las atribuciones inherentes al cargo Artículo
1º: Ampliar al 14 de marzo de 2.003, la fecha de vencimiento por pago
en término con débito automático, establecida para la "cuota
3 año 2.002" del Impuesto Inmobiliario - Planta Rural - y "cuota
4 año 2002" del impuesto Inmobiliario -Planta Urbana Baldía-,
de aquellas partidas que se encuentren nominadas en el anexo 1, el que forma parte
integrante de la presente. Artículo 2°: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda, solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Oficial, circúlese y archívese.
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