Disposición Normativa-Serie "B" Nº 056/02

ASUNTO: Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Nomenclador de Actividades. Disposiciones Normativas Serie "B" N° 31/99 y 36/99: modificación.-


La Plata, 11 de septiembre de 2002.-


VISTO Y CONSIDERANDO:

Que por la Disposición Normativa Serie "B" Nº 31/99 se implementó en jurisdicción de esta provincia un nuevo Nomenclador de Actividades para el Impuesto sobre los Ingresos Brutos y, asimismo, mediante la Disposición Normativa Serie "B" Nº 36/99 se aprobaron las "Notas Explicativas" del Nomenclador de Actividades instituido.

Que mediante el dictado de la Ley 12879 (Impositiva del 2002), el legislador pretendió cambiar, en el Artículo 11 inc. B), la descripción del Código NAIIB-99 551220 y, en el Artículo 12, la descripción del Código NAIIB-99 551212.

Que en oportunidad de proceder a la promulgación del proyecto de ley sancionado por la Honorable Legislatura, por Decreto 1096/02, el Poder Ejecutivo vetó del Código 551220 previsto en el Artículo 11 inc. B), la expresión "hoteles alojamiento por hora".

Que de los considerandos del Decreto se desprende que, a pesar de haberse eliminado -como mención expresa- del Código 551212 a los "servicios de hoteles alojamiento", dicha actividad continúa estando gravada con la alícuota del 12 %.

Que en consecuencia, resulta necesario modificar las Disposiciones Normativas mencionadas en el primer párrafo, con la finalidad de adecuar el Nomenclador de Actividades a lo establecido en la Ley Impositiva.

Por ello,

el Subsecretario de Ingresos Públicos, en uso de las atribuciones inherentes al cargo
de DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS, de conformidad al Decreto 1170/02,
D I S P O N E:

Artículo 1: Sustituir, en el Anexo I de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 31/99 y en el Anexo de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 36/99, la descripción del código NAIIB-99 551212, e incorporar el Código NAIIB-99 551213, todo dentro de la Subclase 55121, de acuerdo al siguiente detalle:

CODIGONAIIB-99DESCRIPCIÓN
551212CASAS DE CITAS Y ESTABLECIMIENTOS SIMILARES CUALQUIERA SEA LA DENOMINACION UTILIZADA.
551213HOTELES ALOJAMIENTO POR HORA.

Artículo 2: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda y solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Oficial, circúlese y archívese.

 
 
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