Disposición Normativa-Serie "B" Nº 006/02 ASUNTO: Agentes de Recaudación. Prórroga del plazo previsto en la Disposición Normativa Serie "B" N° 5/02.-
Que, como consecuencia de los nuevos mecanismos de pago establecidos
para la cancelación de las obligaciones en general, a través de
los cuales se generalizó la intervención de las entidades financieras
en todo tipo de transacciones entre particulares, se ha visto obstaculizado el
cumplimiento temporáneo de las que incumben a los agentes de recaudación. Que, en virtud de tal circunstancia, mediante la Disposición
Normativa Serie "B" N° 5/02, se atendió especialmente tal
situación, considerando abonados en término, hasta el 28 de enero
del corriente año, las obligaciones tributarias de los agentes de recaudación,
cuyo vencimiento original, establecido para el depósito de las sumas percibidas
o retenidas, estuviera previsto para el mes de diciembre de 2001 y hasta el 26
de enero de 2002. Que en tanto subsisten las dificultades
que impiden cumplir con regularidad las obligaciones tributarias de los agentes
de recaudación, se estima conveniente extender el plazo previsto en la
normativa citada. Por ello,
Artículo
1º: Extender el plazo previsto en el Artículo 1° de la Disposición
Normativa Serie "B" N° 5/02, hasta el 11 de febrero de 2002. Artículo 2°: Establecer la vigencia de
la presente, a partir del día de su fecha. Artículo 3°: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda y solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Oficial, circúlese y archívese. | ||
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