Disposición Normativa-Serie "A" Nº 037/02

ASUNTO: Reagrupamiento de fechas de vencimiento para considerar "abonadas en término cuota 2/2002" correspondiente al Impuesto Inmobiliario Urbano Edificado.-


La Plata, 24 de mayo de 2002.-


VISTO y CONSIDERANDO:

Que, mediante la Disposición Normativa Serie "A" N°7/02 -Calendario Fiscal 2002- se estipularon las fechas de vencimiento de cada uno de los períodos cuotas correspondientes al universo de impuestos provinciales;

Que, por cuestiones netamente operativas, resulta forzoso proceder a extender al 25 de junio del corriente las fechas de vencimiento establecidas en dicha Disposición Normativa, para el período cuota 2/02 correspondiente al impuesto inmobiliario urbano edificado, que operasen con anterioridad;

Que, dicha ampliación debe ser formalizado mediante el mismo mecanismo normativo por el cual se estableció el vencimiento primigenio para dicha cuota;

Por ello,

EL DIRECTOR ADJUNTO DE PLANIFICACION Y CONTROL DISPONE:

Artículo 1º: Considerar abonadas en término hasta el 25 de Junio de 2002 inclusive, el pago de la cuota 2 año 2002 correspondiente al impuesto inmobiliario urbano edificado, de aquellas partidas, detalladas al pie de la presente, que por su terminación, el vencimiento opere con anterioridad a dicha fecha, manteniéndose para las numeraciones siguientes el vencimiento primigenio.

Número de terminación de la partida Fecha de vencimiento
00-0607-1314-2021-2728-3435-4041-4748-5455-6061-6768-74 25/06/02

Artículo 2º: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda, solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Oficial, procédase a su publicación por los medios masivos de comunicación, circúlese y archívese.


LIC. LUIS LANDONI
DIRECTOR
Dirección Adjunta de Planificación y Control
Dirección Provincial de Rentas

 
 
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