Disposición Normativa-Serie "A" Nº 025/02

ASUNTO: Agentes de Recaudación - Dirección Nacional de Registros Seccionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios, impuesto de sellos e impuesto automotor. Escribanos, impuesto de sellos e impuesto inmobiliario. Contribuyentes del impuesto sobre los Ingresos Brutos que tributan bajo el Régimen de Descentralización tributaria. Presentación y depósito en término.-


La Plata, 22 de marzo de 2002.-


VISTO y CONSIDERANDO:

Que, razones operativas y de fuerza mayor, aconsejan establecer una nueva fecha de ingreso de depósitos, y que se considere los mismos como presentados en término, para los siguientes Agentes de Recaudación: la Dirección Nacional de Registros Seccionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios, con relación al impuesto de sellos y al impuesto automotor; escribanos públicos, con vinculación al impuesto de sellos y al impuesto inmobiliario.

Que, tal situación debe hacer también extensiva para los contribuyentes del impuesto sobre los Ingresos Brutos que tributan bajo el Régimen de Descentralización Tributaria;

Por ello,

LA DIRECTORA PROVINCIAL DE RENTAS DISPONE:

Artículo 1º: Considerar como ingresados en término los depósitos y presentaciones realizados por la Dirección Nacional de Registros Seccionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios, con relación al Impuesto de Sellos y al Impuesto Automotor, cuyo vencimiento operaba el día 20 de marzo de 2002, hasta el día 27 de marzo de 2002, inclusive.

Artículo 2º: Otorgar igual tratamiento que el detallado en el Artículo precedente a las presentaciones y depósitos realizadas por escribanos públicos, vinculadas al Impuesto de Sellos y al Impuesto Inmobiliario.

Artículo 3º: Considerar como ingresados en término los depósitos y presentaciones, realizados por los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos alcanzados por el Régimen de Descentralización Tributaria, cuyo vencimiento operaba el día 20 de marzo de 2002, hasta el día 27 de marzo de 2002, inclusive.

Artículo 4: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda, solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Oficial, circúlese y archívese.

 
 
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