Disposición Normativa-Serie "B" Nº 060/01

ASUNTO: Pago mediante cheque. Modificación de la Disposición Normativa Serie "B" N° 1/95.

La Plata, 11 de diciembre de 2001.-


VISTO Y CONSIDERANDO:

Que mediante la Disposición Normativa Serie "B" N° 1/95 y sus modificatorias (Disposiciones Normativas serie "B" 43/95, 24/96, 26/96 y 45/97), se encuentra prevista la utilización del cheque como medio de pago de las obligaciones fiscales.

Que en esta oportunidad se considera conveniente modificar el artículo 20 ter de la Disposición Normativa Serie "B" N° 1/95 (texto según Disposición Normativa Serie "B" 24/96), en relación a las modalidades establecidas para el pago con cheque.

Por ello,

LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE RENTAS DISPONE:

Artículo 1: Sustitúyese los incisos 1) y 4) del artículo 20 ter de la Disposición Normativa Serie "B" N° 1/95 (texto según Disposición Normativa Serie "B" N° 24/96) por los siguientes:
"Artículo 20 ter:
Inciso 1) Deberá emitirse un cheque por cada obligación a cancelar, extendido a nombre de la "Dirección Provincial de Rentas Bs.As -no a la orden-".
Inciso 4): El cheque deberá librarse contra la cuenta corriente del sujeto pasivo de la obligación tributaria, salvo cuando se tratare de los Impuestos Inmobiliario, a los Automotores y a las Embarcaciones Deportivas y de Recreación, y los regímenes de regularización impositiva referidos a dichos gravámenes, en cuyo caso podrá librarse el cheque contra la cuenta de un tercero."

Artículo 3: Incorporar como inciso 5) del artículo 20 ter de la Disposición Normativa Serie "B" N° 1/95 (texto según Disposición Normativa Serie "B" N° 24/96) el siguiente:
"Artículo 20 ter...Inciso 5): El cheque deberá librarse por el importe total de la obligación tributaria a cancelar."

Artículo 4: La presente disposición comenzará a regir con relación a los pagos que se efectúen a partir del 10/12/01.

Artículo 5: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda, solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Oficial, circúlese y archívese.

 
 
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