Disposición Normativa-Serie "B" Nº 057/01 ASUNTO: Artículo 51 de la Ley 12397.
Régimen de regularización de deudas fiscales. Considerar presentados
en término, los acogimientos efectuados hasta la fecha de publicación
de la presente.-
CONSIDERANDO: Que en el artículo 51 del citado texto legal se estableció
un régimen de regularización de las deudas fiscales consolidadas
al 31 de diciembre de 1999, autorizándose a la Dirección Provincial
de Rentas a disponer la forma, plazos y condiciones del mismo, como así
también a dictar todas las normas complementarias que resulten necesarias
para la implementación del régimen. Que
en uso de las atribuciones mencionadas, mediante las Disposiciones Normativas
Serie "B" Nº 17/00 y 29/00, se establecieron las pautas de implementación
del régimen de consolidación y, asimismo, las normas de aplicación
del régimen de regularización de las obligaciones fiscales. Que resulta necesario determinar la fecha hasta la cual deberán
con-siderarse válidamente presentados en término los acogimientos
al régimen. Por ello,
Artículo
1: Considerar presentados en término, hasta la fecha de publicación
de la presente en el Boletín Oficial, los acogimientos al régimen
de regularización de deu-das fiscales establecido en el artículo
51 de la Ley 12397. Artículo 2: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda, solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Oficial, procédase a su difusión por los medios masivos de comunicación, circúlese y archívese. | ||
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