Disposición Normativa-Serie "B" Nº 053/01 ASUNTO: Disposición Normativa Serie "B" N° 65/99. Agentes de recaudación. Escribanos Públicos. Considerar ingresados en término, hasta el 23 de noviembre de 2001, los importes recaudados en concepto del Impuesto Inmobiliario que debieron ser depositados hasta el día 20 de noviembre de 2001.
Que como consecuencia de la situación
generada por las medidas de fuerza llevadas adelante recientemente por la Dirección
de Sistemas de Información, se ha visto afectado el normal desenvolvimiento
de las actividades correspondientes a las distintas dependencias de esta Autoridad
de Aplicación. Que en tanto tal circunstancia
ha constituido un impedimento para cumplir en término las obligaciones
tributarias que tienen los agentes de recaudación comprendidos en la Disposición
Normativa Serie "B" N° 65/99, resulta pertinente disponer lo necesario
a fin de considerar ingresados en términos los importes recaudados por
los escribanos públicos, en concepto del Impuesto Inmobiliario, que hubieran
sido depositados con posterioridad a la fecha de vencimiento originalmente prevista
al efecto. Por ello,
Artículo
1: Considerar ingresados en término, hasta el 23 de noviembre de 2001
inclusive, los importes recaudados por los escribanos públicos en concepto
del Impuesto Inmobiliario, que debieron ser depositados hasta el 20 de noviembre
de 2001. Artículo 2: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda, solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Oficial, circúlese y archívese. | ||
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