Disposición Normativa-Serie "B" Nº 034/01 ASUNTO: Pago de obligaciones fiscales
con Patacones. Ley de Emergencia 12.727, art. 13.
Que en vistas a la
situación de crisis que afecta a esta Provincia, se ha declarado al Estado
Provincial en estado de emergencia administrativa, económica y financiera
mediante la Ley 12.727, publicada en el Boletín Oficial el 23 y 24 de julio
de 2001. Que en el marco de diversas medidas
tendientes a paliar la emergencia, en el art. 7 de la mencionada ley se aprueba
la emisión de Letras de Tesorería para la Cancelación de
Obligaciones, que se han denominado "Patacones". Que
consecuentemente con la necesidad de que dichos instrumentos resulten un medio
hábil de extinción de las obligaciones con la Provincia, en el art.
13 de la referida norma legal, se ha establecido que los tenedores de Patacones
podrán aplicarlos a su valor nominal al pago de obligaciones, incluyendo
impuestos, tasas, contribuciones y sus respectivos accesorios. Por ello,
Artículo
1: Establecer que los tenedores de Letras de Tesorería para Cancelación
de Obligaciones (Patacones) podrán pagar todos los tributos de los que
resulta Autoridad de Aplicación esta Dirección Provincial de Rentas,
utilizando dichos instrumentos a su valor nominal, cualquiera sea el momento en
que la obligación se haya generado y se trate de impuestos, tasas, contribuciones,
sus accesorios, multas, inclusive las obligaciones incluidas en algún plan
de regularización y las correspondientes a los agentes de recaudación. Artículo 2: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda y solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Oficial, circúlese y archívese. | ||
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