Disposición Normativa-Serie "B" Nº 031/01 ASUNTO: Pago y/o depósito de obligaciones
tributarias, por parte de contribuyentes y/o responsables, utilizando "patacones"
como medio de pago.
Que,
atento a la grave situación económica que afecta al Estado nacional
y, por añadidura, a la Provincia de Buenos Aires, se han hecho de público
conocimiento los inconvenientes que debe padecer esta última respecto de
las erogaciones de dinero necesarias para el cumplimiento de sus compromisos básicos; Que, como paliativo ineludible, se ha aprobado la emisión
de las "Letras de Tesorería para Cancelación de Obligaciones"
(denominadas "patacones"); las que, como una de sus posibilidades, podrán
ser utilizadas en el cumplimiento de obligaciones tributarias por parte de contribuyentes
y/o responsables ante el fisco provincial; Que, adicionalmente,
y hasta tanto se acondicione adecuadamente el sistema informatizado de recaudación
del Impuesto sobre los ingresos Brutos (comúnmente conocido como "Osiris")
a fin de permitir la recepción de estas nuevas letras de tesorería
como medio de pago, resulta necesario establecer un procedimiento -de carácter
provisorio- a respetar por aquellos contribuyentes y/o responsables que se encuentren
bajo el régimen normativo expresamente establecido para este sistema (Disposiciones
Normativas Serie "B" N° 32/00 y 19/01); Por ello,
Artículo
1°: Aprobar la utilización -de carácter opcional- de "Letras
de Tesorería para Cancelación de Obligaciones" ("patacones"),
para el cumplimiento de obligaciones tributarias generadas por el Impuesto sobre
los Ingresos Brutos, y que deban ser cumplidas bajo el régimen normativo
establecido por las Disposiciones Normativas Serie "B" N° 32/00
y 19/01. Artículo 2º: Aprobar el procedimiento
que, como Anexo 1, se adjunta a la presente; el que será de cumplimiento
obligatorio por parte de los contribuyentes y/o responsables incluidos en el régimen
precedentemente aludido (contribuyentes enunciados en el artículo 2°
de la Disposición Normativa Serie "B" N° 32/00 y responsables
enunciados en el artículo 1° de la Disposición Normativa Serie
"B" 19/01) que opten, para el pago total o parcial de sus obligaciones,
por la posibilidad de hacerlo por medio de la utilización de los mencionados
"patacones". Artículo 3°: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda, y solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Oficial, circúlese y archívese.
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