Disposición Normativa-Serie "A" Nº 047/01 ASUNTO: Situación de Desastre Agropecuario. Prórroga para el vencimiento del pago de obligaciones por tributos provinciales para zonas afectadas por la misma.-
Que,
atento a la situación generada por la ocurrencia de fenómenos climáticos
adversos en una vasta zona de la Provincia de Buenos Aires, se han establecido,
oportunamente, un conjunto de normas tendientes a paliar los padecimientos resultantes
por medio del otorgamiento de beneficios promocionales en materia tributaria; Que, lejos de disminuir estas
adversas condiciones, las mismas se han mantenido inalteradas en todo el ámbito
geográfico afectado, justificándose, por tanto, una nueva prórroga
del vencimiento de los tributos provinciales; Por ello,
Artículo
1º: Prorrogar para los impuestos Inmobiliario, sobre los Ingresos Brutos
y de Sellos, hasta el día 31 de agosto de 2001, inclusive, la fecha de
vencimiento establecida en la Disposición Normativa Serie "A"
Nº 16/01; manteniéndose con respecto a los tributos mencionados, todos
los demás efectos de la misma. Artículo
2º: La prórroga dispuesta en el Artículo 1°, será
de aplicación para los planes de regularización que se formalicen
ó se hubieren formalizado con respecto a los tributos en él mencionados,
por los vencimientos de sus respectivas cuotas, que operen hasta dicha fecha. Artículo 3°:
Regístrese, comuníquese a la Comisión Arbitral del Convenio
Multilateral y a quienes corresponda, solicítese a la Dirección
de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente
en el Boletín Oficial, circúlese y archívese. DN
A Prórroga desastre al 31-08-01
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