Disposición Normativa-Serie "A" Nº 031/01 ASUNTO: Situación de Desastre Agropecuario. Prórroga para el vencimiento del pago de obligaciones por tributos provinciales para zonas afectadas por la misma.-
Que,
atento a la situación generada por la ocurrencia de fenómenos climáticos
adversos en una vasta zona de la Provincia de Buenos Aires, se han establecido,
oportunamente, un conjunto de normas tendientes a paliar los padecimientos resultantes
por medio del otorgamiento de beneficios promocionales en materia tributaria;
Que, lejos de disminuir estas adversas condiciones,
las mismas se han profundizado tanto en su dureza como en su afectación
a nuevas zonas del territorio provincial antes no alcanzadas; Que, por lo tanto, resulta necesario establecer beneficios adicionales para todo el ámbito geográfico en cuestión; Por ello,
Artículo 1: Prorrogar hasta el día 31 de agosto de 2001, inclusive, los vencimientos de pago de aquellas obligaciones vencidas a partir del 1º de junio de 2001 respecto de los impuestos provinciales Inmobiliario, sobre los Ingresos Brutos y de Sellos, regímenes de regularización de deudas de la Ley 12.397 y anteriores, y régimen del Convenio Multilateral. Artículo
2: Considerar alcanzados por el beneficio establecido en el Artículo
anterior a los siguientes partidos de la Provincia de Buenos Aires: Junín
y General Viamonte.
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