Disposición Normativa-Serie "A" Nº 030/00 ASUNTO: Impuesto Inmobiliario. Rural. Cuota 2/2000. Plazo para el pago en término.-
Que la gran afluencia de contribuyentes a las Oficinas de Distrito, como así también la gran cantidad de llamados telefónicos al Servicio 0-800 RENTAS, solicitando la liquidación para el pago de la cuota 2/2000 del Impuesto Inmobiliario Rural, hace necesario ampliar el plazo para el pago en término de las mismas para una mejor atención de los contribuyentes y funcionamiento de las oficinas; Que se ha procedido de idéntica forma ante situaciones similares; Por ello, EL
DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS Artículo 1°: Considerar abonados en término los pagos de la cuota 2/2000 correspondiente al Impuesto Inmobiliario Rural, que se efectúen hasta el día 15 de agosto de 2000 inclusive. Artículo 2°: Regístrese, comuníquese al Banco de la Provincia de Buenos Aires y a quienes corresponda; solicítese a la Dirección de Servicios Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Oficial, circule y archívese. - Cr. José Luis Bianchini DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS Ministerio de Economía Cr.
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