Disposición Normativa-Serie "B" Nº 043/99 ASUNTO: Decreto 321/99 de Regularización Impositiva. Reapertura. Decreto 1915/99: normas de aplicación.
CONSIDERANDO: Por ello, LA
DIRECCION PROVINCIAL DE RENTAS Artículo 1: Restablecer la vigencia de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 06/99 con las modificaciones introducidas mediante la presente, por un plazo que se iniciará el 26 de julio de 1999 y vencerá el 31 de agosto de 1999. Artículo 2: Sustituir el texto del inciso b) del artículo 2 de la Disposición Normativa Serie "B" N° 06/99 por el siguiente:
Artículo 3: Sustituir el subinciso b) del artículo 12 inciso 1) de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 06/99, por el siguiente:
Artículo 4: Sustituir el texto del segundo párrafo del artículo 20 de la Disposición Nor-mativa Serie "B" N° 06/99, por el siguiente:
Artículo 5: Extender hasta el 31/08/99 el plazo previsto en el artículo 26 de la Disposi-ción Normativa Serie "B" N° 06/99. Artículo 6: Sustituir el texto del artículo 27 de la Disposición Normativa Serie "B" N° 06/99 por el siguiente:
Artículo 7: Sustituir el inciso 1 del artículo 31 de la Disposición Normativa Serie "B" N° 06/99, por el siguiente:
Artículo 8: Sustituir el Anexo II de la Disposición Normativa Serie "B" N° 06/99 por el que se adjunta a la presente. Artículo 9: La presente entrará en vigencia a partir del día 26 de julio de 1999. Artículo 10: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda y solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Oficial, circúlese y archívese. | ||
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