Disposición Normativa-Serie "B" Nº 037/99 ASUNTO: Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Nomenclador de Actividades NAIIB-99. Obligación de presentar el formulario R-440.
Que mediante la Disposición Normativa Serie "B" Nº 31/99 se aprobó el Nomenclador de Actividades del Impuesto sobre los Ingresos Brutos (NAIIB-99), esta-bleciéndose la utilización de los nuevos códigos de actividad a partir del 1º de agosto de 1999. Que con la finalidad de que los contribuyentes liquiden el gravamen que corresponda y apliquen la alícuota respectiva según la ley impositiva vigente, es necesario el encuadramiento de la actividad en el nuevo nomenclador, a cuyo efecto mediante la presente se prevé la obligación por parte de los contribuyentes de efectuar una declaración en tal sentido. Por ello, EL
DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS Artículo 1: Los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos "Mensuales" (excepto los del régimen de Convenio Multilateral) y "Bimestrales Centralizados" y aquellos incluidos en el sistema SIRFT-BAIRES, deberán presentar el formulario R-440 a fin de declarar el código de actividad, según el Nomenclador de Actividades NAIBB 99 aprobado por Disposición Normativa "B" Nº 31/99. Artículo 2: La presentación deberá efectuarse por duplicado, en los siguientes plazos y lugares: ¨ Contribuyentes "Mensuales" y "Bimestrales Centralizados: Desde el 21/07/1999 y hasta el 31/08/1999, en las oficinas de Distrito de la Dirección Provincial de Rentas en donde se encontraren inscriptos. ¨ Contribuyentes del sistema SIRFT-BAIRES: Desde el 21/07/1998 y hasta el 7/08/1999, en las oficinas del SIRFT-BAIRES donde cumplan sus obligaciones. Como acuse de recibo se emitirá una "constancia de presentación del for-mulario R-440" con firma y sello del agente receptor. Artículo 3: Los contribuyentes del SIRFT BAIRES que realicen actividades exentas juntamente con el formulario R-440, deberán presentar el formulario R-440/1. Artículo 4: Aprobar el formulario R-440 "Impuesto sobre los Ingresos Brutos - Autocodificación de Actividades NAIIB-99" y el formulario R-440/1 "Anexo Sirft Baires - Actividades exentas - Autocodificación de actividades NAIIB - 99" que se agrega como Anexo de la presente. Artículo 5: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda, solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Oficial, procédase a su difusión por los medios masivos de comunicación, circúlese y archívese. | ||
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