Disposición Normativa-Serie "B" Nº 027/99 ASUNTO: Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Régimen Especial de Ingreso del artículo 174 del Código Fiscal (t.o. 1996). Disposición Normativa Serie "B" N° 1/95. Plazo de ingreso. Modificación.
Que el artículo 174 del Código Fiscal (t.o. 1996) dispone que los establecimientos faenadores están obligados a percibir de los titulares de faena, un anticipo especial del Impuesto sobre los Ingresos Brutos del 2,30% sobre el precio mayorista de la carne faenada al cierre de las operaciones del día de terminación de la faena. Que dicho régimen se encuentra reglamentado por los artículos 264 a 269 de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 1/95, en la cual se prevé el plazo, forma y condiciones de aplicación del referido régimen. Que en esta oportunidad se considera conveniente a los fines de una mejor administración del sistema de recaudacion instituido, modificar el plazo de ingreso de los montos de percepción. Por ello, EL
DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS Artículo 1: Sustituir el artículo 265 de la Disposición Normativa Serie "B" N° 1/95 por el siguiente:
Artículo 2: La modificación dispuesta por la presente disposición tendrá efectos en relación a las operaciones realizadas a partir del 01/05/99. Artículo 3: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda y solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Oficial, circúlese y archívese. | ||
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