Disposición Normativa-Serie "B" Nº 003/98 ASUNTO: Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Régimen General de Percepción. Disposición Normativa Serie "B" Nº 38/95 (texto según Disposición Normativa 07/97) Suspensión parcial de su vigencia.
Que mediante la Disposición Normativa serie "B" Nº 38/95 se estableció un régimen general de percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Que a través de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 7/97 se modificó la alícuota que debían aplicar las empresas de electricidad, gas, agua, servicios cloacales y telecomunicaciones cuando los contribuyentes no acreditaran ante las misma su situación fiscal frente al tributo. Que por la Disposición Normativa Serie "B" Nº15/97 se resolvió postergar la entrada en vigencia de la modificación referida en el considerando precedente, hasta el 01/09/97. Que por la Disposición Normativa Serie "B" Nº 38/97 se dispuso postergar la entrada en vigencia de la modificación hasta 31/12/97. Que en virtud de la adaptación que requieren los sistemas operativos de los agentes involucrados, a los fines de la implementación de la modificación instrumentada, se hace necesario posponer nuevamente la vigencia de la misma, Por ello,
Artículo 1: Suspender la entrada en vigencia de lo dispuesto en el artículo 8 inc c 1) de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 38/95 (texto según Disposición Normativa Serie "B" Nº 07/97). Las empresas de electricidad gas, agua, servicios cloacales y telecomunicaciones continuarán aplicando la alícuota del 2%, en relación a aquellos contribuyentes que no acrediten sus situación fiscal al Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Artículo 2: La suspención dispuesta en el primer párrafo del artículo anterior tendrá vigencia desde el 01/01/98. Artículo 3: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda y solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Oficial, circúlese y archívese. |
||
Arba
©
Todos los derechos reservados
Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires |