Disposición Normativa-Serie "A" Nº 018/98

ASUNTO: Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Contribuyentes Descentralizados y Centralizados. (Pago Mensual y Bimestral) e Incluidos en el SIRFT Baires- Plazo pago en término.


La Plata, 19 de marzo de 1998.-


VISTO Y CONSIDERANDO:

Que por Disposición Normativa Serie "A" N° 99/97 se has fijado las fechas de vencimiento en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos para el Anticipo 02 (Contribuyentes de Pago Mensual), Anticipo 02 (Contribuyentes incluidos en el SIRFT Baires) y Bimestre Enero/ Febrero (Contribuyentes de Pago Bimestral);

Que razones operativas aconsejan unificar el plazo de pago de los contribuyentes, independientemente de la CUIT que les corresponda;

Por ello,

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:

Artículo 1°: Considerar como abonados en término los pagos que se efectúen hasta el día 19 (diecinueve) de Marzo de 1998, inclusive, con prescidencia de la terminación de la CUIT, correspondientes al Impuesto sobre los Ingresos Brutos y a los siguientes contribuyentes: . Pago Mensual . Pago Bimestral . Incluidos en el SIRFT Baires

Artículo 2°: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda, solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación en el Boletín Oficial, circúlese y archívese.

 
 
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