Disposición Normativa-Serie "A" Nº 004/98 ASUNTO: Impuesto de Sellos. Facilidades de pago del artículo 266 de Código Fiscal. Tasa aplicable a las cuotas.
Que el artículo 266 del Código Fiscal (Ley 10.397 y sus modificatorias) prevé la posibilidad de obtener facilidad de obtener facilidades para el pago de Impuesto de Sellos que grava los contratos de realización de obras de servicios o suministros cuyos plazos de duración sean de treinta (30) o más meses; Que las cuotas que se acordarán devengaran un interés equivalente al que percibe el Banco de al Provincia de Buenos Aires en dichas operaciones de descuento a treinta (30) días; Que la Dirección de Organización y Control de Gestión ha emitido informe de las tasas de interés para los distintos períodos, calculada en función de la tasa aplicada por el Banco de la Provincia de Buenos Aires en dichas operaciones; Por ello, EL
DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS Artículo 1º: Establecer que la tasa de interés aplicable a las cuotas respectivas correspondientes a los contratos a que se refiere el Artículo 266 del Código Fiscal para el mes de Febrero de 1998 será de uno con treinta y dos por ciento ( 1,32%) Artículo 2º: La presente Disposición Normativa tendrá vigencia a partir del 1º de Febrero de 1998. Artículo 3º: Regístrese, diríjase nota a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos solicitando la publicación de la presente en el Boletín Oficial, comuníquese a quienes corresponda, circúlese y archívese. | ||
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