Disposición Normativa-Serie "B" Nº 052/97

ASUNTO: Proveedores del Estado. Prórroga para la presentación de la Declaración Jurada del año 1997.-


La Plata, 9 de diciembre de 1997.-


VISTO Y CONSIDERANDO:


Que mediante la Disposición Normativa Serie "B" Nº 43/97 se reglamentó la previsión contenida en el Art. 37 de la ley impositiva 11.904, que establece como requisito previo e indispensable para aquellos que pretendan participar en las contrataciones con el estado provincial, la acreditación del pago de las obligaciones fiscales referentes a los impuestos sobre los ingresos brutos, inmobiliario y a los automotores.

Que para dar cumplimiento al sistema de control de las obligaciones fiscales de los contribuyentes y/o responsables inscriptos en el registro de proveedores del estado, por Disposición Normativa Serie "B" Nº 48/97 se aprobó el formulario r-404 de declaración jurada de proveedores del estado;

Que debido al corto lapso que medio entre la vigencia de las citadas disposiciones y la fecha de vencimiento para la presentación de la declaración jurada del año 1997, resulta necesario considerar como presentadas en termino dichas declaraciones hasta el último día hábil de enero de 1998.

Por ello,

LA DIRECCION PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:

DISPOSICION GENERAL

Artículo 1: Considérese presentada en termino la declaración jurada prevista en los Artículos 2 y 4 de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 43/97 para el año 1997, hasta el último día hábil de enero de 1998.

DE FORMA

Artículo 2: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda y solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Oficial, circúlese y archívese.


DRA. MARIA CRISTINA SEMORILE
DIRECTOR
DIRECCION TECNICA TRIBUTARIA
DIRECCION PROVINCIAL DE RENTAS

DRA. MARTA SUSANA MOUSSOLI
DIRECTORA PROVINCIAL DE RENTAS
MINISTERIO DE ECONOMIA

 
 
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