Disposición Normativa-Serie "B" Nº 031/97 ASUNTO: Impuesto sobre las Embarcaciones Deportivas
y Recreativas. Número identificatorio.- Que en la Disposición Normativa Serie "B" N° 1/95, Artículos 210 a 214, se reglamenta el mencionado régimen. Que es facultad de la autoridad de aplicación proveer a la optimización del ejercicio de las facultades de control y verificación de los tributos provinciales. Que debido a la inminente implementación del sistema de presentación y pago de obligaciones tributarias (S.P.P.O.T), originado conjuntamente por la Dirección Provincial de Rentas y el banco provincia de buenos aires, se advierte la necesidad de establecer un numero identificatorio que estará conformado por cinco (5) posiciones, a los fines del impuesto que grava a las embarcaciones deportivas y recreativas. Por ello, LA DIRECTORA PROVINCIAL DE RENTAS Artículo 1º: A los fines del cumplimiento del impuesto
a las embarcaciones deportivas o la recreación, las mismas se identificaran
con un numero que será asignado por la Dirección Provincial
de Rentas y que se compondrá de cinco (5) posiciones: dos (2) alfanuméricos
y tres (3) numéricas. |
||
Arba
©
Todos los derechos reservados
Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires |