Disposición Normativa-Serie "B" Nº 031/97

ASUNTO: Impuesto sobre las Embarcaciones Deportivas y Recreativas. Número identificatorio.-


La Plata, 16 de julio de 1997.-


VISTO Y CONSIDERANDO:


Que en los Artículos 207 a 213 del Código Fiscal (T.O.1996) se establece el régimen impositivo aplicable a las embarcaciones deportivas y recreativas.

Que en la Disposición Normativa Serie "B" N° 1/95, Artículos 210 a 214, se reglamenta el mencionado régimen.

Que es facultad de la autoridad de aplicación proveer a la optimización del ejercicio de las facultades de control y verificación de los tributos provinciales.

Que debido a la inminente implementación del sistema de presentación y pago de obligaciones tributarias (S.P.P.O.T), originado conjuntamente por la Dirección Provincial de Rentas y el banco provincia de buenos aires, se advierte la necesidad de establecer un numero identificatorio que estará conformado por cinco (5) posiciones, a los fines del impuesto que grava a las embarcaciones deportivas y recreativas.

Por ello,

LA DIRECTORA PROVINCIAL DE RENTAS
DISPONE:

Artículo 1º: A los fines del cumplimiento del impuesto a las embarcaciones deportivas o la recreación, las mismas se identificaran con un numero que será asignado por la Dirección Provincial de Rentas y que se compondrá de cinco (5) posiciones: dos (2) alfanuméricos y tres (3) numéricas.

Artículo 2°: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda y solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Oficial, circúlese y archívese.


DRA. MARIA CRISTINA SEMORILE
DIRECTOR
DIRECCION TECNICA TRIBUTARIA
DIRECCION PROVINCIAL DE RENTAS

DRA. MARTA SUSANA MOUSSOLI
DIRECTORA PROVINCIAL DE RENTAS
MINISTERIO DE ECONOMIA

 
 
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