Disposición Normativa-Serie "B" Nº 024/97 ASUNTO: Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
Regímenes de Recaudación en la comercialización de
combustible líquidos derivados del petróleo. Disposición
Normativa Serie "B" Nº 60/96 (T.O.1997). Modificación.- Que por la Disposición Normativa Serie "B" Nº 9/97 se procedió a ordenar el texto de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 60/96, y a modificar el mismo, disponiéndose que las refinerías de combustibles también deben actuar como agentes de percepción del impuesto sobre los ingresos brutos, en relación a las operaciones de venta que realicen a las compañías que prestan el servicio de transporte de pasajeros y carga en jurisdicción de la provincia de buenos aires. Que en esta oportunidad se considera conveniente efectuar ciertas modificaciones a la normativa referida. Por ello, LA DIRECCION PROVINCIAL DE RENTAS DISPONE: Artículo 1: Sustitúyese el Artículo 8° de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 60/69 (T.O.1997) por el siguiente:
Artículo 2: Sustitúyese el Artículo 9° de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 60/96 (T.O.1997) por el siguiente:
Artículo 3: Sustitúyese el Artículo 10° de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 60/96 (T.O.1997) por el siguiente:
Artículo 4: Incorpórase como inciso d) del Artículo 11 de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 60/96 (T.O. 1997) el siguiente:
Artículo 5: Sustitúyese el inciso b) del Artículo 18 de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 60/96 (T.O.1997) por el siguiente:
Artículo 6: La presente entrara en vigencia a partir del 01/06/97. Artículo 7: Regístrese, comuníquese a quienes corresponda y solicítese a la Dirección de Servicios Técnicos Administrativos la publicación de la presente en el Boletín Oficial, circúlese y archívese.
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